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A partir de ahora, para solicitar tu abono de transportes tienes que estar empadronado

By 16 de julio de 2026No Comments
Fotografía de la reseña sobre el nuevo requisito de empadronamiento para el abono de transporte público

El Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM) ha aprobado un cambio de la normativa para obtener la tarjeta de transporte público personal, la conocida como TTP por sus siglas y que es el soporte de los abonos mensuales. Es efectivo desde el 15 de junio y, a partir de entonces, la expedición de este documento quedará condicionada a que el solicitante acredite que reside en la Comunidad de Madrid, en alguno de los municipios integrados en las zonas tarifarias E1 y E2 o en algunas localidades de Castilla-La Mancha y Castilla y León, con carácter excepcional en base a los convenios de colaboración que mantiene la Administración madrileña con estas autonomías.

El nuevo criterio afecta tanto a la emisión de nuevas tarjetas como a la de duplicados de las que ya existan, lo que significa que las personas que ahora mismo estén en posesión de una tarjeta y no estén empadronadas en la región perderán el derecho a la misma si la extravían, tienen que renovarla —la vigencia es de diez años— o se les deteriora y tienen que cambiarla.

El solicitante deberá aportar el empadronamiento o autorizar su consulta. Este requisito afectará directamente a unas 200.000 personas, que son los usuarios del transporte público que no residen en la región. Los afectados serían, por ejemplo, estudiantes y trabajadores de otras comunidades autónomas que permanecen empadronados en sus lugares de origen porque su estancia en Madrid es temporal; o quienes vienen a Madrid con frecuencia a hacer negocios en el día y se marchan después a sus lugares de residencia. También personas inmigrantes que lleven poco tiempo viviendo en la Comunidad o aquellas que no están empadronadas.

Hasta ahora, para lograr la tarjeta de transporte era suficiente con identificarse con DNI, permiso de residencia o pasaporte, dar la dirección en la que debía ser entregada y pagar cuatro euros. Desde el 15 de junio se suma el requisito del empadronamiento.

Por ahora quedan excluidas de demostrar que cumplen con este requisito las familias numerosas, aunque solo «con carácter excepcional, por motivos tecnológicos y mientras resulte estrictamente necesario».