El 11 de marzo de 2026, se celebró la Primera Cumbre Internacional contra el Odio en la Galería de las Colecciones Reales de Madrid, un encuentro que reunió a expertos y autoridades digitales para abordar la proliferación de contenidos tóxicos en internet. Durante el evento, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció nuevas iniciativas para combatir la propagación de mensajes de odio en redes sociales, destacando la implementación de HODIO (huella del odio y la polarización), que ha sido desarrollada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones junto con el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia (OBERAXE). Su objetivo es medir y analizar el discurso de odio en redes sociales como Instagram, TikTok, X, YouTube y Facebook. Entre sus funciones destacan estas: generar un ranking público de exposición al odio por plataforma, elaborar un informe semestral que permita seguir la evolución del fenómeno y detectar tendencias a lo largo del tiempo.
Desde un punto de vista jurídico, hay expertos en esta materia que señalan que el principal problema del proyecto es que sea el Ejecutivo quien defina estos conceptos. El delito de odio ya está tipificado en el artículo 510 del Código Penal, que gira en torno a la incitación a la violencia o discriminación de un colectivo. Por otro lado, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es claro al dictaminar que la ley de expresión también protege las ideas que «chocan, perturban o inquietan» tanto al Gobierno como a sectores de la población, pues considera que eso es fundamental para las sociedades plurales y tolerantes (artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos).
La propuesta del Gobierno cuenta con otro problema, y es que la Unión Europea ya dispone de una ley que obliga a las plataformas a tomar medidas para mitigar sus riesgos sistémicos y que, bajo autorización judicial, también puede forzarlas a retirar contenido ilegal. Se trata de la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), que define el problema de forma mucho más precisa. Además, también restringe el uso de algoritmos para amplificar los contenidos más incendiarios. La Comisión Europea es la encargada de evaluar el cumplimiento de esa ley y de imponer multas, como ya ha hecho contra X, la red social de Elon Musk. «La competencia es de Bruselas, así que España no tendría margen para inventarse una ley nueva», recalcan expertos internacionales en derecho de expresión.
Una sentencia del Tribunal Constitucional impide rastrear opiniones políticas en redes como pretende hacer ahora el Gobierno. Fue en 2018, durante la tramitación de la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, que el Partido Socialista incluyó una enmienda para que los partidos pudieran recopilar las opiniones políticas de ciudadanos en las redes sociales, para elaborar perfiles y luego enviarles propaganda electoral personalizada. Fue en ese momento cuando se desató la polémica al entender distintos colectivos que la norma −que permitía elaborar perfiles de ciudadanos según sus opiniones en las redes sociales− era inconstitucional. Acudieron entonces al defensor del pueblo, que recurrió dicho precepto ante el TC. Solo dos meses después, el Constitucional dictó una sentencia dándoles la razón y anuló la posibilidad de que se recopilaran los datos personales relativos a las opiniones políticas de los ciudadanos. La sentencia es tajante: no se pueden tratar datos personales que revelen la ideología de una persona y las opiniones políticas en una red social, pues eso quiebra los derechos fundamentales y las libertades de los ciudadanos. En suma, que la única institución que puede hacer tratamiento de datos personales para perseguir un delito es la Policía.
La pregunta que muchos se hacen es esta: ¿quién decide qué es un discurso de odio? La verdad es que, de primeras, suena bien; se trata de “identificar la violencia verbal, rastrear su difusión y limitar su rentabilidad algorítmica”. Pero el problema no es la fórmula, sino quién lo maneja. A lo largo de estos meses, se ha llamado “bulo” a todo lo que incomodaba y “pseudomedio” a quien criticaba al Gobierno. La clave es que se trata de decidir qué palabras pueden usarse y quién tiene derecho a pronunciarlas, pero la democracia no consiste solo en votar cada cuatro años, consiste también en dejar circular el “disenso”.
María García Gómez
